CAPITULO VIII
DEL BIENESTAR COMUNITARIO Y DEL MEDIO AMBIENTE
ESCOLAR.
ARTICULO 47. LOS BIENES PERSONALES Y LOS DE USO COLECTIVO
Los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Fundación Manuel Aya frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, seguirán los siguientes criterios de respeto, valoración y compromiso:
1. Darle uso y manejo adecuado a los bienes personales y a los comunitarios.
2. Tomar conciencia del esfuerzo que significa adquirir bienes que nos facilitan el desarrollo personal y comunitario, lo cual se traduce en el empeño por su defensa y conservación.
3. Comprometerse con espíritu altruista a observar conductas tendientes a la construcción y mejoramiento de bienes idóneos para el beneficio común y personal.
4. Respetar la naturaleza y destinación de los bienes propios tanto como la de los bienes de los demás.
5. Abstenerse de usar aparatos electrónicos de audio, video o celulares
6. Participar activamente en la creación de una actitud general de respeto, valoración, adecuación y embellecimiento de todos los bienes, elementos y útiles de que dispone la institución parta la Implementación del proceso educativo.
PARAGRAFO: Las contravenciones al presente artículo serán valoradas como faltas graves y tendrán las sanciones contempladas en el presente manual.
ARTICULO 48. MEDIO AMBIENTE ESCOLAR.
Todo miembro de la comunidad educativa del Colegio Fundación Manuel Aya debe ser consciente de la vital importancia y trascendencia que tiene la conservación del medio ambiente escolar, se compromete a observar las siguientes pautas mínimas de comportamiento:
1. Comprender que el ambiente es patrimonio común y que en consecuencia todos debemos participar de su cuidado y manejo.
2. Lograr la preservación y restauración del ambiente en general y del escolar en particular, así como la conservación, mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales.
3. Regular las conductas individuales y colectivas, respecto del ambiente escolar, a fin de que apunten a su conservación y correcto aprovechamiento.
PARAGRAFO: Las contravenciones al presente artículo serán valoradas como faltas graves y tendrán las sanciones contempladas en el presente manual.
ARTICULO 49. PRESENTACION PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES, UNIFORMES, HORARIOS Y PERIODOS. Los horario establecidos por la Institución para los diferentes niveles son:
PREESCOLAR: 7:30 a.m. – 11:45 a.m.
2:00 p.m. – 4:20 p.m.
Lunes en la tarde y viernes no asistirán a clase
BASICA PRIMARIA: 7: 30 a.m. – 12:00 m.
1:55 p.m. – 4:30 p.m.
BASICA SECUNDARIA Y
MEDIA VOCACIONAL: 6:55 a.m. – 12:00 m.
1:55 p.m. – 4:30 p.m.
Los Estudiantes del Colegio Fundación Manuel Aya deberán acatar las siguientes reglas de presentación personal y acudir al plantel con uno de los uniformes que a continuación se señalan, dentro del Horario y períodos lectivos establecidos en la institución.
PARAGRAFO 1: RESPECTO DE LOS UNIFORMES.
Los estudiantes del Colegio Fundación Manuel Aya, deberán presentarse, según cada ocasión y evento y de acuerdo con las indicaciones dadas por los encargados competentes, con uno de los siguientes uniformes:
1. UNIFORMES DE DIARIO:
Para los estudiantes hombre consta de:
· Camibuzo con el escudo del Colegio de acuerdo a modelo.
· Pantalón azul oscuro en materiales distintos al jean, la pana, dril o sintéticos.
· Buzo con el escudo del Colegio de acuerdo a modelo.
· Medias azules.
· Zapatos negros de amarrar, de embetunar.
· La camiseta de debajo debe ser completamente blanca.
Para los estudiantes mujeres consta de:
· Jardinera de acuerdo a modelo entregado por la institución.
· Blusa Blanca de manga corta.
· Medias Blancas Media Media ( Ni tobillera , Ni Rodillera).
· Zapatos negros de amarrar, de embetunar.
2. UNIFORME DE EDUCACION FÍSICA
Para los estudiantes hombres consta de:
· Camiseta blanca con el escudo del Colegio según modelo.
· Pantaloneta blanca según modelo.
· Sudadera blanca que consta de chaqueta y pantalón según modelo.
· Medias Blanca.
· Zapatos tenis totalmente blancos y de amarrar.
Para los estudiantes mujeres consta de:
· Camiseta blanca según modelo con escudo según modelo.
· Pantaloneta blanca según modelo.
· Falda blanca, chaqueta y bicicletero según modelo.
· Medias blancas.
· Zapatos tenis totalmente blancos y de amarrar.
PARÁGRAFO: El largo de la falda debe ser de 5 cms arriba de la rodilla para el uniforme de diario y 8 cms arriba de la rodilla para la falda de educación física.
1. A los uniformes no se les puede adicionar ninguna prenda, esta prohibido el uso de collares, aretes, manillas, piercing a los estudiantes del plantel.
2. El cabello para los estudiantes hombres debe ser llevado con cortes no extravagantes. Esta prohibido el uso de geles, lacas y pinturas.
3. A los estudiantes mujeres les esta prohibido el uso de maquillaje.
4. Las estudiantes mujeres podrán usar aretes tipo topos o candongas pequeñas, no usarán, balacas ni bambas no permitidas por la institución.
PARÁGRAFO. Los estudiantes deben usar correctamente el uniforme dentro y fuera de la institución.
PARAGRAFO: Las contravenciones al presente artículo serán valoradas como faltas graves y tendrán las sanciones contempladas en el presente manual.
ARTICULO 50. DE LOS CERTIFICADOS
El Colegio Fundación Manuel Aya a petición de la parte interesada, expedirá constancias y certificados a sus estudiantes y egresados, mediante el siguiente procedimiento:
1. El interesado, ante la secretaría del plantel, presenta la solicitud por escrito y cancela el valor estipulado por el Colegio.
2. En la misma secretaría del Colegio se reclama dentro de los ocho días hábiles siguientes.
ARTICULO 51. INTERPRETACION DEL MANUAL.
La interpretación de las disposiciones contenidas en este manual deberá hacerse teniendo en cuenta que su finalidad es la formación y educación de los estudiantes para la convivencia pacífica, democrática y pluralista de acuerdo con la filosofía de la institución prevista en los principios fundamentales de este Manual de Convivencia, en concordancia con las normas legales pertinentes, de preferencia las de la Constitución Nacional, las del derecho administrativo, Civil y de familia.
ARTICULO 52. VIGENCIA.
El presente Manual reemplaza todos los procedimientos y disposiciones contrarias a las aquí estipuladas y entra a regir a partir del año lectivo de 2008.
Dado en Fusagasugá, a los catorce días del mes de febrero de dos mil ocho. (2.008)
DORA NEVIS CRUZ AURELIANO DIAZ R.
PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO SECRETARIO